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Inicio » Preguntas sobre formación bonificada » XI. Comunicación del inicio de la formación

XI. Comunicación del inicio de la formación

1. Antes de iniciar la formación de un grupo, ¿qué información debo notificar y en qué plazo?

El primer paso será dar de alta en la aplicación la acción formativa (modalidad, duración, objetivos y contenidos), para a continuación comunicar el grupo formativo. De acuerdo con la Resolución de 15 de abril de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establecen, en su ámbito de gestión, medidas extraordinarias para hacer frente al impacto del COVID-19 en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, en las acciones formativas que se programen durante 2020, con cargo al crédito de formación del que disponen las empresas durante dicho ejercicio, las comunicaciones de la formación y la información relativa a cada acción formativa y grupo formativo que establece el artículo 15 del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, podrá realizarse hasta dos días antes de la fecha de comienzo de cada grupo, indicando los siguientes datos:

  • Número de participantes
  • Fechas, horarios y lugar de realización (modalidad presencial)
  • Fecha de inicio/fin de la formación (modalidad teleformación)
  • Datos de los formadores/tutores
  • Centro de formación/centro gestor de la plataforma
  • En el caso de las organizadoras, empresas participantes.

Acciones Formativas en las Empresas. Visualizar vídeo

Comunicación de inicio de grupos formativos en la aplicación. Visualizar vídeo

2. Ya he dado de alta la acción formativa, ¿puedo comenzar la formación?

No, primero ha de notificar y firmar el grupo formativo asociado a esa acción.

3. ¿Qué ocurre si, una vez comunicada la formación, se producen cambios en los datos facilitados?

La cancelación o la modificación de los datos de una acción o grupo formativo que suponga un cambio de horario, fecha de ejecución, o de localidad deberá ser comunicada, en todo caso, con un día de antelación al de la fecha prevista para su comienzo.

El resto de los cambios pueden ser comunicados hasta el día de comienzo de la formación.

4. ¿Dónde y cuándo debo comunicar los datos de los participantes del curso?

En la comunicación de inicio solo debe indicarse el número de participantes*. Una vez finalizado el curso, en la comunicación de finalización, se deberá informar de los datos de los alumnos que hayan realizado, como mínimo, un 75% del curso.

Salvo en el caso de certificados de profesionalidad impartidos bajo la modalidad de teleformación, que se cumplimentarán al inicio de la formación.

5. ¿Qué ocurre si no se respetan los plazos de comunicación de los cambios en los datos facilitados?

La no comunicación en los plazos mencionados implicará que el correspondiente grupo de formación se considere “no realizado” a efectos de aplicar la bonificación, salvo que la no comunicación en plazo se deba a causas imprevistas, debidamente justificadas y comunicadas en el momento en el que se produzcan.

6. ¿Qué se consideran “causas imprevistas” que impiden la no comunicación en plazo del inicio de la formación?

Se consideran “causas imprevistas” los supuestos de fuerza mayor regulados en el artículo 1105 del Código Civil, siempre que los mismos estén debidamente acreditados, o bien circunstancias que, debidamente acreditadas, fundamenten razonablemente adoptar una decisión ajustada al caso concreto que suponga una ampliación de los plazos establecidos en la Orden TAS/2307. Las características de la fuerza mayor previstas por el Código Civil y la Jurisprudencia son:

  • Que el hecho sea inevitable, insuperable e irresistible.
  • Que el hecho sea ajeno a la voluntad del sujeto obligado.
  • Que exista una relación causal entre el hecho y el resultado.
  • Que el obligado haya actuado con la diligencia mínima exigible.

Estas causas deberán ser notificadas a la Fundación en el momento en que se produzcan mediante el apartado destinado al efecto en la aplicación. Cada notificación será examinada individualmente.

7. ¿Qué debo cumplimentar en el apartado “Medio utilizado como aula virtual?

Debe indicarse el nombre de la plataforma (Zoom, Teams, etc.).

8. ¿Qué significa “Modo de conexión al aula virtual?

En este apartado se debe incluir el enlace de la clase a través del cual se unen/conectan alumnos y profesor.

Categorías de preguntas frecuentes

  • I. Definición (3)
  • II. Crédito de la formación (11)
  • III. Empresas beneficiarias (14)
  • IV. Destinatarios de la formación (9)
  • V. Entidades organizadoras (14)
  • VI. Entidades de formación / Inscripción (7)
  • VII. Aplicación telemática (21)
  • VIII. Procedimiento, requisitos y obligaciones (8)
  • IX. Requisitos de las acciones formativas / cursos (19)
  • X. Información a la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) (12)
  • XI. Comunicación del inicio de la formación (8)
  • XII. Comunicación de la finalización de la formación (6)
  • XIII. Aplicación de la bonificación (9)
  • XIV. Costes (16)
  • XV. Actuación de seguimiento y control (2)
  • XVI. Comprobación de resultados (13)
  • XVII. Permisos individuales de formación (13)
  • XVIII. Normativa (3)
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