Ir al contenido
Ebo Gestión de Formación Bonificada
  • ¿Vas a impartir
    formación?
  • ¿Vas a recibir
    formación?
  • Preguntas
    frecuentes

  • Calculadora

  • Blog

  • Pagos

  • Contacto
  • ¿Vas a impartir
    formación?
  • ¿Vas a recibir
    formación?
  • Preguntas
    frecuentes

  • Calculadora

  • Blog

  • Pagos

  • Contacto
  • ¿Vas a impartir formación?
  • ¿Vas a recibir formación?
  • Preguntas frecuentes
  •   Calculadora
  •   Blog
  •   Pagos
  •   Contacto
  • ¿Vas a impartir formación?
  • ¿Vas a recibir formación?
  • Preguntas frecuentes
  •   Calculadora
  •   Blog
  •   Pagos
  •   Contacto

Inicio » Preguntas sobre formación bonificada » VI. Entidades de formación / Inscripción

VI. Entidades de formación / Inscripción

1. ¿Quién debe contratar a las entidades que imparten la formación?

Las empresas pueden:

  • Organizar la formación de sus propios trabajadores, e impartir la formación con medios propios o recurrir a su contratación con una entidad de formación.
  • Encomendar la organización a una entidad externa. En este caso, esta entidad será la que contrate a la entidad o entidades que imparten la formación - salvo que la entidad organizadora sea a su vez la que imparta la formación. En este caso, la entidad formativa deberá estar acreditada y/o inscrita.
2. ¿Deben estar inscritos los centros o entidades que imparten formación programada por las empresas?

Si tu empresa opta por contratar a una entidad externa (organizadora) para que organice la formación, la entidad que imparta (ella misma o la que ésta contrate) deberá estar acreditada y/o inscrita en el Registro Estatal de entidades de formación.

3. ¿Qué diferencia existe entre una entidad inscrita y una entidad acreditada?

Una entidad inscrita en el Registro Estatal de entidades formación es aquella que, previa presentación de declaración responsable imparte formación programada por las empresas para sus trabajadores no incluida en el Catálogo de Especialidades, sin perjuicio de las actuaciones posteriores de verificación del cumplimiento de las declaraciones y de seguimiento y control que correspondan a las Administraciones competentes.

Una entidad acreditada es aquella que imparte formación dirigida a la obtención de Certificados de Profesionalidad. Para ello, debe presentarse una solicitud de acreditación por cada especialidad y modalidad a la administración competente, garantizando el cumplimiento de una serie de requisitos de infraestructuras y/o tecnológicos específicos, así como de las prescripciones que les sean de aplicación en virtud de disposición legal o reglamentaria.

Normativa centros de formación y especialidades formativas

Certificados de profesionalidad

4. ¿Qué obligaciones tienen las entidades que imparten formación?

Las entidades que impartan formación deberán:

  • Facilitar y corresponsabilizarse en el seguimiento de la participación de los alumnos del aprendizaje y su evaluación, así como en la investigación de metodologías y herramientas para la puesta al día del sistema.
  • Someterse a los controles y auditorías de calidad que establezcan las administraciones competentes, cuyos resultados se incorporan a los registros.
  • Mantener las exigencias técnico-pedagógicas de las instalaciones, equipamiento y medios humanos tenidas en cuenta para la acreditación o inscripción.
  • Comunicar a la Administración pública competente cualquier cambio en su titularidad o forma jurídica.
  • Así mismo, las entidades que impartan formación del Catálogo de especialidades formativas o dirigidas a la obtención de Certificados de Profesionalidad deberán cumplir las prescripciones que les sean de aplicación en virtud de disposición legal o reglamentaria.
  • Adoptar las medidas necesarias para proteger a los participantes frente a cualquier riesgo derivado de la realización de la formación.

El incumplimiento de estas obligaciones podrá ocasionar la baja en el registro de la entidad de formación.

5. ¿Cómo se realiza la inscripción en el Registro de Entidades de formación?

Para realizar la inscripción, deberás tener un Certificado de persona física o jurídica, acceder a “Inscripción sin especialidad” en el siguiente enlace, y cumplimentar la declaración responsable en la cual, entre otros datos, deberás informar de las áreas profesionales en las que impartes formación.

Una vez cumplimentada, a cada entidad de formación (identificada por el campo NIF de la declaración responsable) se le asignará un código único y distintivo.

Instrucciones declaración responsable.

Normativa centros de formación y especialidades formativas

6. ¿Existe algún requisito para acceder a la inscripción sin especialidad en el Registro de Entidades?

Además de disponer de un certificado digital de persona física o jurídica, la entidad deberá estar dada de alta previamente en el fichero de Entidades Comunes.

Si apareciera un error, significa que o bien la empresa, o bien el empresario (Representante Legal de la entidad), no aparecen en dicho fichero. Para su inclusión, existen dos vías:

  • Solicitar el alta como empresa y empresario en la Tesorería General de la Seguridad Social. Para más información, puedes acceder a través del siguiente enlace: Ir a seg-social.es
  • Dirigirse a una oficina de empleo y solicitar el alta en el fichero.
7. ¿Se asume alguna responsabilidad respecto de los datos consignados en la declaración?

La inexactitud o falsedad, así como el incumplimiento de requisitos, obligaciones y compromisos, determinarán la imposibilidad de continuar con la actividad de impartir formación profesional para el empleo, así como la baja del registro. Sin perjuicio del régimen de infracciones y sanciones oportunas.

Categorías de preguntas frecuentes

  • I. Definición (3)
  • II. Crédito de la formación (11)
  • III. Empresas beneficiarias (14)
  • IV. Destinatarios de la formación (9)
  • V. Entidades organizadoras (14)
  • VI. Entidades de formación / Inscripción (7)
  • VII. Aplicación telemática (21)
  • VIII. Procedimiento, requisitos y obligaciones (8)
  • IX. Requisitos de las acciones formativas / cursos (19)
  • X. Información a la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) (12)
  • XI. Comunicación del inicio de la formación (8)
  • XII. Comunicación de la finalización de la formación (6)
  • XIII. Aplicación de la bonificación (9)
  • XIV. Costes (16)
  • XV. Actuación de seguimiento y control (2)
  • XVI. Comprobación de resultados (13)
  • XVII. Permisos individuales de formación (13)
  • XVIII. Normativa (3)
Ebo Gestión de Formación Bonificada

VÍAS DE COMUNICACIÓN

  • Avd. del Olivar, 15. 28890. Loeches (Madrid)
  • 91 032 74 19
  • 91 290 75 22
  • se.noitsegobe@senoicacifinob

NAVEGACIÓN

  • Quienes somos
  • Alta curso
  • Preguntas frecuentes
  • Pasarela de pago
  • Mi cuenta

CANALES SOCIALES

Linkedin Facebook-square Twitter Instagram
Cumplimiento normativo RGPD
Fundación Estatal

© 2024 Ebo Gestión de Formación Bonificada, S.L.

  • Aviso legal
  • Política de privacidad
  • Política de cookies
  • Condiciones generales de compra
  • Declaración de accesibilidad
Fondos europeos

Consultoría en desarrollo web

Administrar consentimiento de cookies

Utilizamos cookies propias y de terceros para seguimiento anonimizado de visitas y muestra de publicidad relevante.

Funcional Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos. El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.
  • Administrar opciones
  • Gestionar los servicios
  • Gestionar {vendor_count} proveedores
  • Leer más sobre estos propósitos
Ver preferencias
  • {title}
  • {title}
  • {title}