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La cofinanciación privada y la FUNDAE: requisitos

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Las bonificaciones son una herramienta valiosa tanto para mejorar la capacitación profesional y el desarrollo personal de los trabajadores como para incrementar la competitividad de la empresa. Una alternativa para poner en marcha esta herramienta es la cofinanciación privada a través de la FUNDAE. En este post, te contamos cuáles son los requisitos para acceder a este sistema de bonificación.

¿Qué es la cofinanciación privada?

Por cofinanciación privada se entiende los créditos de formación que FUNDAE brinda a las empresas y que, según su tamaño, necesitan una aportación de su parte. En otras palabras, de acuerdo con el número de trabajadores de la empresa, ésta tiene la obligación de ser partícipe en la financiación de los costes de formación en un determinado porcentaje.

Calcular el crédito de la empresa

El primer paso para acceder a la cofinanciación privada es calcular el crédito de formación. Es decir, estimar cuál es la cuantía de tu empresa en el año en curso como ayuda para la formación que impartes a los trabajadores.

La aplicación de FUNDAE calculará de forma automática el crédito de tu empresa a partir de los datos de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Sin embargo, si quieres estimar el crédito disponible de tu empresa, puedes consultar en el simulador de la Fundación.

La fórmula para calcular este crédito se realiza en función de lo cotizado por formación profesional y de la plantilla media, con los datos de los Recibos de Liquidación de Cotizaciones del año anterior.

Bonificación actual según plantilla media

  • De 1 a 9 trabajadores: 100%
  • De 10 a 49 trabajadores: 75%
  • De 50 a 249 trabajadores: 60%
  • Más de 250 trabajadores: 50%

Las empresas con menos de 50 trabajadores pueden acumular el crédito que no consuman en el ejercicio presente para los dos siguientes. Además, disponen de un crédito adicional para bonificar el tiempo otorgado a los trabajadores para realizar un Permiso Individual de Formación (PIF).

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Gestionar el alta en la aplicación

Para darte de alta en la aplicación, es necesario un certificado digital de Representante. Con esta documentación, la empresa puede gestionar todas las bonificaciones por medio de la aplicación de Formación Programada.

Cabe destacar que la gestión puede estar a cargo de la empresa bonificada, una entidad organizadora o, en el caso de grupos de empresas, aquella empresa del grupo designada para tal efecto.

Informar a la Representación Legal de los Trabajadores

Este requisito aplica únicamente para empresas que posean Representación Legal de los Trabajadores (RLT). Si la empresa no tiene RLT, el paso siguiente es comunicar el comienzo del curso.

Pasos para informar a la RLT la bonificación

  • Solicitar a la RLT un informe con: datos sobre las acciones formativas, destinatarios y número de participantes, calendario de ejecución, medios pedagógicos, criterio de selección de los participantes, lugar de impartición y balance de las acciones formativas del ejercicio actual.
  • Después de 15 días, la empresa podrá iniciar la acción formativa (independientemente de la pronunciación de la RLT).
  • Si existieran diferencias entre el informe de la RLT y la empresa, habrá un nuevo plazo de 15 días para resolverlas.
  • Si no se resuelven las diferencias, deberá sentarse en un Acta de Discrepancias a través de la aplicación.
  • La Estructura Paritaria Sectorial examinará el desacuerdo para decidir la mediación por parte de la FUNDAE.

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Comunicar el inicio de la formación

La comunicación del comienzo de las acciones formativas consta de dos pasos:

Dar de alta el curso

En esta primera instancia la empresa debe grabar los elementos básicos que definirán la acción (modalidad, duración, objetivos y contenidos).

Informar del inicio del curso

Dado de alta el curso, la empresa deberá indicar cuándo, dónde, quién imparte la acción formativa y a quiénes está dirigida. Como mínimo, esta información debe proporcionarse 7 días naturales antes de su fecha de comienzo.

Si se producen cambios en el transcurso del curso, deberán ser informadas en la aplicación, en la sección “incidencias”.

Desarrollar el curso

Durante el desarrollo de la acción formativa, existen ciertos requisitos que la empresa debe cumplimentar:

  • Curso gratuito para los trabajadores
  • Duración total del curso: no inferior a 2 horas
  • Duración diaria: no mayor a 8 horas (a menos que sea en 1 día)
  • Total de asistentes: 30 para modalidad presencial y 80 para teleformación
  • Control de asistencia
  • Evaluación del curso
  • Entrega de certificado o diploma a los asistentes

Notificar la finalización de la formación

Finalizado el curso y antes de la presentación de diciembre, la empresa debe notificar la conclusión de la acción formativa. Los requisitos para este paso son:

  • Presentar un listado con datos de los participantes que finalizaron el curso
  • Informar del coste del curso (directos, indirectos y de organización)
  • Definir la cuantía y el mes en el que la empresa se bonificará

El cálculo del coste máximo de bonificación será el menor de estos importes: crédito disponible, costes incurridos en el desarrollo del curso o límite de costes.

A través de la cofinanciación privada, si la empresa cuenta con más de 5 empleados, está obligada a asumir un porcentaje del total de los costes que comunique en la aplicación durante el año.

El cálculo es: (coste de formación + cote salariales) – bonificación aplicada

Todos los gastos y bonificaciones aplicadas deben identificarse con epígrafe específico o cuenta separada de la contabilidad bajo la denominación “Formación Profesional para el Empleo”.

Bonificar el curso

Desde que concluye el curso y hasta la presentación del boletín del mes de diciembre del año en curso, la empresa puede aplicar la bonificación por formación en los recibos de Liquidación de Cotizaciones a la Seguridad Social. No obstante, tiene que cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar al corriente de pago frente a la Agencia Tributaria y Seguridad Social
  • Haber informado a la RLT (si hubiera en la empresa)
  • Haber comunicado el inicio, desarrollo y finalización del curso

La bonificación por formación se aplicará a través del Sistema de Liquidación Directa, de acuerdo con el importe comunicado en la aplicación.

✅ Consultar el resultado

Cuando cierre el ejercicio, FUNDAE comprobará las bonificaciones practicadas para asegurar su corrección (que no hayas superado el crédito disponible y que hayas cumplido los requisitos). También, observará los resultados de las actuaciones de seguimiento y control, si la empresa las tuvo y la vida laboral de los participantes.

En caso de que la comprobación no resulte conforme, la empresa tendrá 10 días para realizar las alegaciones oportunas.

Apuesta por la formación profesional y el crecimiento de la competitividad de tu empresa a través de la cofinanciación privada y la FUNDAE. Recuerda compartir este artículo para que otros puedan aprovechar las ventajas de las bonificaciones.