El pasado 3 de julio de 2017, en Consejo de Ministros, se aprobó el nuevo Real Decreto 694/2017, por el que se desarrolla la Ley 30/2015.
Los cambios más significativos que afectan a la Formación Programada por las Empresas con la entrada en vigor de este Real Decreto los vamos a resumir enfocandolos a aquello que afecta al sistema de bonificaciones:
- La formación podrá ser impartida durante más de 8 horas de al día, siempre y cuando la formación se realice en un único día, no tendrá efecto por tanto cuando la formación se realice durante varias jornadas, en cuyo caso seguirá existiendo el límite de 8 horas al día.
- La formación realizada en modalidad mixta (parte online y parte presencial) será considerará totalmente TELEFORMACIÓN cuando la parte presencial sea igual o inferior al 20% de su duración total.
- Se amplía la asistencia en el aula en las formaciones presenciales a 30 alumnos, exceptuando los Certificados de Profesionalidad en los que se mantendrá el límite de 25 personas.
- Las empresas de menos de 50 trabajadores podrán acumular el crédito de un año a otro, con la limitación de 4 ejercicios, previa notificación a Fundae durante el primer semestre del año, de no acumularse y no consumirse, se perderá.
Óscar González Urdiales
CEO Ebo Gestión de Formación Bonificada