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Todo lo que debes saber sobre la cotización de los contratos de formación

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Toda empresa debe llegar a una serie de acuerdos con aquellos trabajadores que quieran adquirir experiencia en algún sector u oficio para desempeñar sus respectivas funciones. Es aquí donde la cotización de los contratos de formación entra en vigor para garantizar a tus empleados que sus derechos al aprendizaje serán garantizados.

En este artículo te explicaremos todo lo que tienes que saber sobre la cotización de los contratos de formación, cuál es la normativa legal vigente del Ministerio del empleo y Seguridad Social y qué bonificaciones se ofrecen a las empresas que llevan a cabo esta actividad.

Qué es un contrato de formación

Un contrato de formación es un acuerdo o modalidad de la empresa con el trabajador, de forma tal a que adquiera una capacitación previa luego de ser contratado para adquirir las competencias necesarias que lo ayudarán a desenvolverse en su sector u oficio.

Una de las ventajas que ofrece la cotización del contrato de formación es que permite ahorrar hasta un 100% en seguros sociales con la condición de que tus empleados aprendan todo lo necesario para trabajar en la empresa y recibir las bonificaciones debidas que lo ayudarán a mejorar su desempeño en el ámbito laboral.

En cuanto al empleado beneficiado, el contrato de formación le permitirá obtener un certificado que acredite sus conocimientos en dicho oficio y el cual le ayudará a obtener habilidades complementarias para convertirse en todo un profesional.

Características de la cotización de los contratos de formación

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Según la ley vigente conocida como Orden ESS/106/2017 emitida el 9 de febrero, la cotización de los contratos de formación debe contemplar a todos aquellos que conforman parte del equipo independientemente de su situación.

Entre las diversas cotizaciones podemos mencionar las contingencias profesionales IT, los fondos de garantía salarial, las contingencias profesionales ISM, la formación profesional, el desempleo y las contingencias comunes que estén relacionadas con la formación laboral.

Este tipo de gestiones se realizan mediante el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, en donde podrás aplicar diferentes cotizaciones para contratos de formación teniendo en cuenta ciertos aspectos, como el cese de actividad del trabajador autónomo e incluso el desempleado.

Requisitos para la cotización del contrato de formación

Si bien la cotización del contrato de formación brinda varios beneficios tanto al trabajador como a la empresa, es importante conocer algunos requisitos para evitar cualquier problema de índole legal y que pueda ser llevado esta actividad con éxito.

Para el trabajador

Si se necesita acoger a un trabajador bajo esa modalidad, el mismo debe demostrar ser mayor de 16 años y menor de 30 años. Las excepciones son las personas con discapacidad, los colectivos de exclusión social y los alumnos que asisten a una Escuela-Taller, Casas de Oficio, Talleres de Empleos y Programas de Empleo-Formación.

Asimismo, es importante que el trabajador se encuentre inscrito como demandante de empleo y no haya participado de ninguna formación relacionada con el puesto que va a desempeñar. Por ejemplo, si fue contratado para trabajar en puesto de secretario, no debió haber estudiado algo relacionado a eso.

También es importante que esté comprometido a realizar dicha formación, el cual incluye entregar todas las tareas, asistir a los exámenes o tutorías presenciales y obtener la mayor cantidad de presencia en el curso de formación.

En caso de que el curso sea impartido a distancia, es obligatorio que el trabajador cuente con conexión a internet para acceder a la plataforma. Además, es recomendable contar con un nivel académico mínimo debido a que algunos certificados así lo exigen.

Para la empresa

Los requisitos de la empresa que brindaría dicha formación son menores que las de los trabajadores, pero no por eso implica una serie de trámites a realizar para evitar cualquier inconveniente con Seguridad Social.

Uno de ellos es demostrar que no tiene deuda alguna en Seguridad Social o Hacienda, así como no haber sido sancionada en el pasado por incumplimientos del deber. Y, por último, es necesario que se comprometa a respetar el horario laboral y de formación, al igual que la asistencia a exámenes y tutorías presenciales.

La cotización de contratos de formación posee una duración mínima de 1 año y una máxima de 3 años, aunque ciertos convenios colectivos admiten capacitaciones de tan solo 6 meses de duración. Y, por último, el salario del trabajador no puede ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional.

Bases y bonificaciones para la Seguridad Social

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Como mencionamos anteriormente, con la cotización de los contratos de formación la empresa contará con una bonificación de hasta el 100% en cuotas empresariales que, generalmente, deben ser abonados a la Seguridad Social.

En este aspecto, podrás tener cobertura por cualquier tipo de contingencias como un accidente de trabajo, contracción de enfermedades, desempleo, el fondo de garantía salarial y la formación profesional.

Con el surgimiento del contrato de formación a empresas durante el 2017, las cotizaciones a Seguridad Social pueden variar acorde a la cantidad de trabajadores que conforman el equipo. Por ejemplo, la bonificación solo llegaría al 100% si alcanza hasta los 250 empleados. Si supera dicha cifra, se reduce al 75%.

Si al finalizar el curso la empresa impartidora desea realizar un nuevo contrato, igualmente puede beneficiarse de la reducción de la cuota empresarial por un periodo de hasta tres años. Si necesitas ayuda para la cotización de los contratos de formación, contacta con nosotros y te responderemos a todas tus preguntas.