Es conveniente acceder a las páginas de la aplicación con las últimas versiones de los navegadores. La configuración mínima será: Internet Explores 6, Mozilla Firefox 2,0, Opera 9, Safari 3,1, Chrome 1,0.
En cualquier caso, para poder firmar el Inicio y Fin de las acciones formativas, es necesario Internet Explorer.
Para acceder a la aplicación es necesario contar con un certificado de persona jurídica y un entorno de ejecucion JAVA instalado en el equipo.
Para obtener el certificado deben realizarse los siguientes pasos, en el orden que se señala a continuación:
Solicitar por Internet el certificado digital:
Se introduce el NIF de la persona que solicita el certificado y, de forma inmediata se obtiene un código.
Acreditación de la identidad en una Oficina de Registro (delegaciones de hacienda, ayuntamiento, organismos autónomos, etc)
Persona física DNI y fotocopia.
Persona jurídica: Documentación de la entidad (certificado del registro mercantil o registro público) y documentación del representante legal (certificado del registro del nombramiento y DNI)
Descarga del certificado en un plazo de 24 a 48 horas
En ese caso, se deberá solicitar a la Fundación el alta en la aplicación telemática, para lo cual será necesario presentar la siguiente documentación:
- Solicitud firmada por el interesado.
- Relación nominal de trabajadores (antiguo TC2)
- Dirección de correo electrónico.
Si la solicitud es para darse de alta como entidad organizadora, será necesario presentar documentación adicional (ver a apartado Entidades Organizadoras).
Todo usuario que quiera acceder a la aplicación, ha de contar necesariamente con su propio certificado de persona física (Ley de Protección de Datos). Previamente habrá que dar permiso de acceso desde la aplicación a dicho usuario.
Empresa Bonificada: Se accede como entidad que organiza y gestiona las acciones de formación de sus propios trabajadores.
Empresa Organizadora: Se accede como entidad que organiza y gestiona las acciones de formación de los trabajadores de otras empresas.
Si, puede darse de alta como de empresa bonificada. En ambos perfiles se debe utilizar la misma clave de acceso.
Sí, al inicio de cada ejercicio deberá volver a dar de alta a las empresas de la agrupación, aunque no será necesario volver a incluir todos los datos, ya que introduciendo el CIF y razón social se volcarán el resto de los datos.
Los datos de la cuota del ejercicio en curso serán facitilitados por la TGSS, hasta ese momento los datos facilitados son del ejercicio anterior y la aplicación permite la modificación de éstos. Una vez comprobados y volcados, aparecerá el texto: “Dato validado por la TGSS”, y no se permitirá su edición.
Se ha de indicar el número de nuevos trabajadores incorporados en el primer boletín presentado en la TGSS.
Esta empresa habrá sido comunicada anteriormente en la Aplicación Telemática cumplimentando información distinta sobre la existencia o no de la RLT. Compruebe con la empresa afectada la veracidad de los datos. Para cambiar los datos debe remitirse a la FTFE documentación acreditativa de la información facilitada.
A través de la pestaña de autorización las empresas con perfil bonificada podrán indicar si desean o no autorizar su participación con determinadas entidades organizadoras.
Posiblemente esa empresa esté dada de alta con el perfil de empresa bonificada y no haya autorizado previamente a la entidad organizadora
Estos datos los puede encontrar en los siguientes documentos de la Tesoreria General de la Seguridad Social, TA2 y TA6, respectivamente.
Se deberá hacer la petición de cambio y hacer constar el motivo de éste.
En el apartado “Datos económicos” pueden verse los movimientos de crédito de una empresa comunicados a través de la aplicación de la Fundación Estatal.
En el apartado “Datos económicos” de la empresa se vuelcan ficheros de la TGSS que nos muestran el desglose del crédito por meses.
No, primero ha de notificar y firmar el grupo formativo asociado a esa acción.
Porque se ha comunicado algún cambio en los plazos permitidos y ha de volver a notificarse y firmar el grupo para que pase a estado “válido”. Si el cambio comunicado no estuviera realizado dentro de los plazos permitidos el grupo pasará a estado “incidentado”.
Hay que cumplimentar la parte inferior de los costes correspondiente a la bonificación mensual incluyendo el mes y el importe a aplicar, esta cantidad la trasladará a los costes totales y recalculará la cofinanciación.
Permanece activo hasta el día 20 del mes siguiente en el que se comunica la finalización y nos permitirá realizar cambios referentes a participantes y costes. Una vez realizados los cambios debemos volver a firmar la finalización nuevamente.