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Actuación de seguimiento y control

¿Qué actuaciones de seguimiento y control llevan a cabo los órganos competentes?

Las actuaciones de seguimiento y control que se realicen mediante visitas en tiempo real y ex post representarán al menos el 10 por de los recursos públicos destinados a las acciones formativas en las empresas, sin perjuicio de las actuaciones que puedan realizar los órganos de fiscalización y control. En las acciones formativas dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad supondrá el 100 por ciento de las mismas.

El Servicio Público de Empleo Estatal realiza las siguientes actuaciones de comprobación:

  • Visitas de seguimiento de los grupos formativos comunicados, en el lugar de impartición durante su realización, en las cuales se recogen evidencias físicas y entrevistas a los responsables, alumnos y formadores y se comprueba que la realización de la acción formativa es acorde a lo comunicado.
  • Requerimientos de documentación justificativa de la realización de las acciones formativas y PIF.
¿Qué ocurre si se detectan incidencias en las visitas o actuaciones de seguimiento posteriores?

Las empresas que han sido objeto de actuaciones de seguimiento y control pueden ver disminuido el crédito justificado como resultado de las desviaciones o incidencias detectadas en las mismas.

Si se detectan estas desviaciones en una visita, éstas no se reflejan en la hoja de visita que se hace entrega al finalizar la misma, sino que se comunicarán en la carta donde se notifica el resultado de las gestiones técnicas efectuadas durante el proceso de comprobación del crédito.